Sobre Nostros
Asesoría contable y fiscal desde 1987
Con nuestra experiencia y profesionalidad le ayudamos con su contabilidad y asuntos fiscales en las Islas Canarias.
Preparamos declaraciones de impuestos para residentes y no residentes, para personas físicas y compañías, con o sin actividad económica. Realizamos la contabilidad que sea necesaria para nuestros clientes y les asesoramos para ayudar en la toma de decisiones de antemano. Informamos sobre las implicaciones fiscales de ser residente en España, cuándo y cómo vender una propiedad para minimizar legalmente los impuestos, si es menos costoso donar bienes o dejarlos en herencia, qué poner en el testamento para reducir los impuestos a pagar por los herederos no españoles, si formar una sociedad o trabajar bajo nombre propio en un nuevo proyecto empresarial en España, etc. Todas estas cuestiones deben considerarse para una correcta toma de decisión.
Un poco de nuestra historia
Fue en junio de 1987 cuando Marcos Cabrera comenzó a trabajar como asesor fiscal después de obtener su título universitario de Economía en 1982 y de haber adquirido experiencia en 3 empresas diferentes durante 5 años. En menos de un año, su hermano Mateo Cabrera y su esposa Merci Báez se unieron a la iniciativa, y en 1990, con la incorporación de Oscar Nieves, Marcos Cabrera S.C. comenzó su andadura con los cuatro socios actuales, manteniendo el nombre que ya se conocía por muchos clientes como marca. En julio de 1996 la empresa empezó a trabajar como Marcos Cabrera S.L., denominación que aún continúa, ahora con 8 personas más en el equipo. La oficina principal en Los Cristianos, Tenerife, siempre ha estado en el mismo edificio (Av. Los Sabandeños, 6), pasando sólo desde la segunda a la primera planta en 1990. Resulta curioso recordar como la calle no tenía si quiera nombre y que sólo estaba parcialmente asfaltada hasta finales de los ochenta.
La oficina en Santa Cruz fue inaugurada en 2001, y la de Fuerteventura en 2007.
¿Por qué elegirnos?
Con aproximadamente 2.000 clientes estables que confían en nosotros, sólo podemos responder a esa confianza con nuestro mejor servicio y asesoramiento a todos y cada uno de ellos. Para ello, estamos siempre actualizándonos, ya que, en el mundo de los impuestos, nada es para siempre, y muchas veces tenemos que intentar anticiparnos a los cambios.
Con personal procedente de distintos países en nuestras oficinas, nos puede contactar no sólo en Español -hablado por todos en la compañía-, sino también en Inglés, Alemán, Italiano, Francés, Holandés y Flamenco, Sueco, Noruego y Danés.
¿Por qué es importante tener un representante fiscal en España para los no residente?
En el momento de comprar una propiedad o abrir un negocio en España usted queda sujeto a determinadas obligaciones y derechos. Hay varios impuestos locales y nacionales que atender, y ello no es siempre sencillo, incluso para quienes dominan el español. Contar con un buen representante fiscal otorga la tranquilidad que supone saber que se está cumpliendo con las distintas leyes tributarias españolas, y evitar sanciones innecesarias. Las fronteras europeas nunca han sido tan finas como lo son ahora, debido a los numerosos acuerdos internacionales que permiten recaudar deudas, incluso fuera de las fronteras de España.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué implica fiscalmente ser residente en España?
- ¿Tengo que pagar el impuesto de sucesiones si mi cónyuge fallece?
- ¿Qué tipo de empresa debería formar para este tipo de negocio?
- ¿Cuál es la mejor forma de transferir mis bienes a mis hijos?
- ¿Es fiscalmente aconsejable residir en España?
- ¿Por qué tengo que pagar impuestos sobre la renta por una propiedad que no produce ingresos?
- ¿Qué se entiende por Alquiler Turistico?
- ¿Es aconsejable poner las propiedades en España a nombre de sociedades con residencia fuera del país para ahorrar el impuesto de sucesiones?
Facilitamos las respuestas y personalizadas a éstas y muchas más preguntas …
Qué Hacemos
Impuestos No Residentes – Personas | Preparamos los impuestos periódicos de todo tipo, así como los impuestos ocasionales, tales como los que proceden a la hora de comprar, vender o heredar. Actuamos como representantes fiscales de nuestros clientes no residentes, recibiendo todo tipo de comunicaciones de la Agencia Tributaria española para evitar problemas innecesarios. |
Impuestos de Residentes – Personas Físicas | Preparamos las declaraciones impositivas para nuestros clientes con actividades económicas en España o sin ellas (Impuesto sobre la renta y el patrimonio, IGIC -IVA en las Islas Canarias-, etc.) para los que viven de forma permanente en las islas. |
Impuesto de Sociedades | Realizamos la contabilidad y todas las declaraciones de impuestos para sociedades, tanto para las activas como para las inactivas, incluyendo todos los trámites necesarios con las Oficinas Tributarias y con el Registro Mercantil. |
Compra y venta de Propiedades | Le ayudamos con toda la documentación y los pagos pertinentes desde el momento en que usted decide comprar una propiedad hasta el día que la vende. |
Impuesto de Sucesión y Donación | Le ayudamos a planificar su herencia, considerando aspectos tanto económicos como personales, así como cuando llega el momento del fallecimiento, que estaremos para ayudar con la herencia (por favor, recuerde que sólo dispone de 6 meses desde la fecha de la defunción). |
Sociedades no residentes | Presentamos cualquier declaración de impuestos para las empresas extranjeras con propiedades en España, informamos de los cambios relevantes, actuamos como representantes fiscales y nos convertimos en su dirección fiscal en España. Las sociedades (residentes o no residentes) están obligadas a recibir las comunicaciones de la Agencia Tributaria a través de Internet, lo que comprobamos a diario para nuestros representados. |
Seguros | Como complemento a nuestros servicios habituales, podemos asesorarle sobre seguros a través de la compañía Generali, con la que hemos trabajando durante muchos años. |
¿Ha recibido una carta certificada de la Agencia Tributaria? | Si recibe una carta de cualquier Hacienda y tiene que firmar al recibirla, por favor, contáctenos de forma inmediata, ya que a menudo sólo se tienen 10 días para responder. Estamos para ayudarle y asesorarle si es conveniente pagar o recurrir, o simplemente para presentar lo solicitado, todo con la intención de evitar más problemas. Cuando se atienden estas cartas a tiempo, la vida siempre es mucho más fácil. |